Regla 10b5-1 Plan de Negociación Este Plan de Negociación (el Plan 147) se celebra el 9 de marzo de 2011 (147Seller146s Adoption Date148) entre Harry O. Nicodemus IV (147Seller148) y UBS Financial Services Inc. (147UBSFS148) con el propósito de vender Acciones de acciones comunes (147Stock148) de Omega Protein Corporation (147Issuer148). OME (Ticker). Incluyendo las acciones que el vendedor tiene derecho a adquirir en virtud de opciones de compra de acciones en circulación (147 las opciones148) Acciones que son adquiridas por el vendedor de conformidad con el plan de compra de acciones de los empleados del emisor146 Del Accionista (147RSUs / RSAs148) y, Acciones que se adquieren tras la adquisición de las recompensas de acciones de desempeño pendientes del Emisor (147PSAs148) que figuran en el Anexo A, de conformidad con la Regla 10b5-1 (c) (1) de la Securities Exchange Act of 1934 , Según enmendada (la Ley de Cambios148). El Vendedor y UBSFS acuerdan lo siguiente: 1. Plan de Venta Específico. UBSFS, actuando como agente, acuerda efectuar ventas de Acciones en nombre del Vendedor de acuerdo con las instrucciones específicas establecidas en el Anexo A (las 147 Instrucciones de Titulación148). Las obligaciones de UBSFS146s bajo este Plan de Negociación no surtirán efecto hasta que UBSFS apruebe y acepte este Plan de Negociación. 2. Tarifas / Comisiones. El Vendedor pagará a UBSFS 0,10 por acción de Acciones vendidas con tales cantidades que UBSFS deducirá del producto de ventas bajo este Plan de Negociación. Seller146s Representaciones y Garantías. El Vendedor declara y garantiza que: (a) El Vendedor no tiene conocimiento de ninguna información relevante no pública relacionada con el Emisor o cualquier valor del Emisor (b) El Vendedor está entrando en este Plan de Comercio de buena fe y no como parte de un plan o esquema para evadir el Prohibiciones de la Regla 10b5-1 (c) El Vendedor ha informado al Emisor de este Plan de Negociación y ha proporcionado al Emisor una copia, y el Vendedor ha determinado que este Plan de Comercio es consistente con la política de información privilegiada del Emisor146s. Que el Vendedor sea parte en los últimos 60 días o que haya sido parte en otro corredor, distribuidor o institución financiera (cada uno, una Institución Financiera148) firmado con el fin de establecer un plan de negociación que cumpla con la Regla 10b5- (E) El Vendedor no está sujeto a ninguna restricción o compromiso legal, regulatorio o contractual que impida a UBSFS realizar ventas de acuerdo con este Plan de Negociación (f) las Acciones a vender bajo este Plan de Negocio son propiedad del Vendedor (G) El Vendedor ha tenido la oportunidad de consultar con los propios asesores del Vendedor en cuanto a los requisitos legales, Fiscales, financieros y de otro tipo de este Plan de Negociación, incluyendo el cumplimiento de este Plan de Negocio con la Regla 10b5-1 y la ley estatal aplicable. El Vendedor no ha recibido ni se ha basado en ninguna representación de UBSFS con respecto al cumplimiento de esta Norma 10b5-1. Acuerdos del Vendedor. El Vendedor reconoce y acepta las siguientes disposiciones: (a) Cuenta de corretaje. El Vendedor abrirá una cuenta de corretaje UBSFS de un solo propósito en nombre y para beneficio del Vendedor (la Cuenta 147Plan148), antes de la aceptación y aprobación de este Plan de Negociación por el Grupo UBSFS 10b5-1. (B) Entrega de Stock. El Vendedor entregará todas las acciones de la Compañía a ser vendidas de acuerdo con este Plan de Negociación en la Cuenta del Plan antes del inicio de cualquier venta bajo este Plan de Negociación. Esto excluye que cualquier Opción, PSA, RSA, RSU o acción de ESPP se venda bajo el plan listado en el Anexo A. Si el Monto de Venta es designado como un monto agregado en dólares, el Vendedor acuerda entregar acciones de un monto a ser acordado Por el Vendedor y UBSFS como suficientes para efectuar las ventas previstas en virtud de este Plan de Negociación y tras la notificación de UBSFS de que el número de acciones de la Cuenta del Plan es menor que el número de acciones que las estimaciones de UBSFS siguen siendo vendidas conforme a este Plan, el Vendedor acuerda entregar prontamente a la Cuenta del Plan el número de acciones de Stock especificado por UBSFS como necesario para eliminar este déficit. (C) Transacciones de Cobertura. Mientras este Plan de Operaciones esté en vigor, el Vendedor cumplirá con la prohibición establecida en la Regla 10b5-1 (c) (1) (i) (C) contra la entrada o modificación de una transacción o posición de cobertura o cobertura con respecto a la Acción . (D) Aviso a UBS Financial Services Inc. El Vendedor notificará a UBSFS que rescindirá o suspenderá las ventas, según proceda, tan pronto como sea posible tras la ocurrencia de cualquiera de los eventos contemplados en el párrafo 7 (a) o (b) o el párrafo 8 (c). E) Comunicaciones. El Vendedor no comunicará directa o indirectamente ninguna información no pública relevante relativa a la Acción o Emisor a cualquier empleado del Grupo UBSFS 10b5-1 o cualquier Asesor Financiero de UBSFS. (F) Cumplimiento con las Leyes Aplicables y los Documentos de la Ley de Cambios Requeridos. El Vendedor deberá cumplir con todas las leyes, reglas y regulaciones aplicables, y el Vendedor deberá hacer todas las presentaciones requeridas bajo las Secciones 13 y 16 de la Ley de Intercambio de manera oportuna. (G) Sin Influencia. El Vendedor no tiene y no intentará ejercer ninguna influencia sobre cómo, cuándo o si efectúa las ventas de Acciones conforme a este Plan de Negociación. (H) Stock No Marginable. La Acción no es margable y no puede ser utilizada por el Vendedor como garantía para ningún propósito. (I) Ejecución, fijación de precios promedio y asignación pro rata de ventas. UBSFS puede vender acciones en cualquier bolsa de valores nacional, en el mercado de venta libre, en un sistema de comercio automatizado o de otra manera. UBSFS o una de sus filiales puede hacer un mercado en el Stock y puede actuar como principal en la ejecución de ventas bajo el Plan de Negociación. En la medida en que UBSFS administre otros planes de negociación relacionados con valores emitidos por los Emisores, UBSFS puede agregar órdenes para el Vendedor con órdenes bajo otros vendedores146 planes de negociación para su ejecución en un bloque y asignar cada ejecución a prorrata a cada vendedor. En caso de ejecución parcial de órdenes de bloque, UBSFS asignará el producto de todas las Acciones efectivamente vendidas en un día determinado de acuerdo con todos los planes de negociación de la Regla 10b5-1 relativos a los valores emitidos por el UBSFS, Número de acciones que se venderán de acuerdo con las instrucciones de cada Plan de Operación a (y) el número total de acciones que se venderán bajo todos los Planes de Operaciones que tengan el mismo tipo de instrucciones de pedido. J) Exclusividad. Hasta que este Plan de Negociación no haya sido terminado, el Vendedor no celebrará ningún acuerdo con, dará instrucciones o adoptará un plan para negociar con otra Institución Financiera con respecto a la compra o venta de la Acción o las Opciones a las que se hace referencia en el Anexo A Del plan, con el propósito de establecer un plan de negociación que cumpla con la Regla 10b5-1. (K) Reconocimiento del Alivio de la Obligación de Efecto de Ventas. UBSFS quedará eximido de su obligación de vender acciones, según se requiera de lo contrario en el párrafo 1, en cualquier momento cuando: (i) UBSFS haya determinado que (A) está prohibido hacerlo mediante una restricción legal, contractual o reglamentaria aplicable o Sus afiliados o a las afiliadas del Vendedor o del Vendedor o (B) un cambio adverso sustancial en los mercados financieros, en la actividad del mercado en la Bolsa o en los sistemas internos de UBSFS o de una de sus filiales, un brote o escalada de hostilidades u otra crisis O calamidad (en cada caso, el efecto de tal manera que, a juicio exclusivo de UBSFS, sea impracticable para UBSFS vender Acciones) o (C) una suspensión de negociación con respecto a la Acción por los Valores y Comisión de Intercambio o el cambio en la lista primaria o una exclusión de la acción o una moratoria bancaria se ha producido si UBSFS no puede efectuar una venta por cualquiera de estas razones, UBSFS efectuará la venta tan pronto como sea posible después de la cesación o terminación de la causa, A las restricciones establecidas en el párrafo 1 del Anexo A (ii) Este Plan de Operaciones se suspende de conformidad con el párrafo 7 infra. (Iii) Este Plan de Negociación finaliza de conformidad con el párrafo 8 infra 5. Regla 144 y Regla 145. Con respecto a las ventas de acciones sujetas a la regla 144 o la regla 145, el vendedor y UBSFS acuerdan cumplir con las siguientes disposiciones: (a) Acuerdos por el vendedor con respecto a la regla 144 y la regla 145. (I) El Vendedor se compromete a no tomar, y acepta hacer que cualquier persona o entidad con la cual el Vendedor debería agregar las ventas de Acciones conforme a la Regla 144 (a) (2) o (e) (Ii) El Vendedor acepta completar, ejecutar y entregar los Formularios 144 de UBSFS para que las ventas se efectúen bajo el Plan de Negociación en esos momentos y en números tales como UBSFS Deberá solicitar. El Vendedor por la presente otorga a UBSFS un poder para completar y archivar en nombre del Vendedor los Formularios requeridos 144. La sección de comentarios de cada Formulario 144 presentada incluirá una declaración en el sentido de que las acciones cubiertas por el Formulario 144 están siendo vendidas de acuerdo con un El plan de negociación de la Regla 10b5-1 fechado a la fecha de este documento, y la representación con respecto al conocimiento del vendedor de información material no pública, habla a partir de esa fecha de adopción del plan. (Iii) El Vendedor acuerda completar, ejecutar y entregar a la Regla 144 de UBSFS las Cartas de Representación del Vendedor (en el formulario adjunto como Anexo C) para las ventas que se realizarán bajo el Plan de Negociación en los momentos y números que UBSFS solicite. (Iv) El Vendedor se compromete a notificar al Grupo 10b5-1 de UBSFS inmediatamente si hay algún cambio en el empleo del Vendedor, afiliado o no afiliado. B) Acuerdos del UBSFS con respecto a los artículos 144 y 145. (I) UBSFS se compromete a realizar todas las ventas de conformidad con el Plan de Negociación de acuerdo con el requisito de venta de la Regla 144. UBSFS no afectará a las ventas que supiera excederían la limitación de volumen entonces aplicable según la Regla 144. ii) UBSFS acuerda presentar los Formularios 144 suministrados por el Vendedor de acuerdo con el párrafo 5 (a) (ii) en nombre del Vendedor, como lo requiere la ley aplicable. (Iii) UBSFS se compromete a presentar tales cartas de representación del Vendedor en conformidad con el párrafo 5 (a) (iii) en nombre del Vendedor según lo requiera el agente de transferencia del Emisor. 6. Opciones. En su caso, el Vendedor y UBSFS aceptan las disposiciones relativas al ejercicio de las Opciones que figuran en el Anexo A. (a) Representaciones del Vendedor y Garantías. (I) El Vendedor declara y garantiza que las Opciones enumeradas en el Anexo A se mantienen libres y libres sin gravámenes, garantías reales u otros gravámenes o limitaciones al ejercicio de la parte adquirida del mismo, excepto el requisito de que el Vendedor cumpla con las disposiciones de ejercicio de tales Opciones y (ii) Las acciones de Acciones adquiridas mediante el ejercicio de las Opciones serán mantenidas libres y libres por el Vendedor sin gravámenes, garantías reales u otros gravámenes o limitaciones de la disposición. (I) El Vendedor acuerda completar, ejecutar y entregar a los Avisos de Ejercicio de Opción de Compra de Acciones de UBSFS, en la forma provista por el Emisor, para el ejercicio de Opciones bajo el Plan de Negociación en los momentos y números que UBSFS solicite. El Vendedor por la presente autoriza a UBSFS a entregar dichos Avisos de Ejercicio de Opción de Compra de Acciones al Emisor a nombre del Vendedor según sea necesario para efectuar dichos ejercicios y liquidar las ventas de Acciones subyacentes a dichas Opciones bajo el Plan de Negociación. El Vendedor acepta hacer los arreglos apropiados para asegurar que la Acción recibida al momento del ejercicio de las Opciones será entregada a la Cuenta del Plan inmediatamente después de que el Emisor reciba el Formulario de Ejercicio de Opciones sobre Acciones aplicable. (Ii) UBSFS será liberado de su obligación de ejercer Opciones y vender Acciones según se requiera en cualquier momento cuando el Vendedor no haya entregado Avisos de Ejercicio sobre Opciones de Acciones o acciones subyacentes. (I) UBSFS ejercerá un número suficiente de Opciones para efectuar dichas ventas de la manera especificada en el Anexo A. (ii) UBSFS remitirá al Emisor, en relación con el ejercicio de las Opciones, el precio de ejercicio junto con las cantidades que puedan ser Necesarias para satisfacer las obligaciones de retención. Estos importes se deducirán del producto de la venta de la Acción, junto con los cargos por demora, si corresponde. (Iii) UBSFS en ningún caso ejercerá ninguna Opción si, en el momento del ejercicio, el costo del ejercicio de la Opción (más comisiones y comisiones) es igual o mayor que el valor de mercado de la Acción. 7. Suspensión. Las ventas bajo este Plan de Negociación se suspenderán de la siguiente manera: (a) Inmediatamente después de la fecha en que UBSFS reciba la notificación del Vendedor o Emisor de restricciones legales, contractuales o regulatorias aplicables a las afiliadas del Vendedor o del Vendedor que impedirían que UBSFS vendiera Acciones bajo este Trading Incluyendo una restricción basada en el conocimiento del Vendedor de información material no pública relacionada con una oferta pública de compra de valores de los Emisores (transacciones sobre la base de las cuales) La Regla 14e-3 de la Ley de Intercambio podría ser violada). El Vendedor o el Emisor notificará por escrito a UBSFS de su intención y especificará la fecha de inicio y la fecha de finalización, en la medida en que se conozca, del período de suspensión o de suspensión temporal. La notificación deberá ser proporcionada no menos de dos (2) días hábiles antes del inicio o fin de la fecha de suspensión. (B) En el caso de una Oferta de Títulos Calificables, inmediatamente después de la fecha en que UBSFS reciba la notificación del Emisor o Vendedor de la Fecha de Suspensión hasta que UBSFS reciba la notificación del Emisor o Vendedor de la Fecha de Reanudación proporcionada. sin embargo . Que (i) el Vendedor certifica que el Vendedor no tiene control sobre la Fecha de Suspensión o la Fecha de Reanudación, y (ii) si el Vendedor no puede hacer tal certificación, entonces este párrafo resultará en la terminación del Plan de Negociación en lugar de suspensión. 147Oferta de Oferta de Valores148 significa cualquier oferta de valores del Emisor por dinero en efectivo en la cual el encabezador principal, el gerente principal, el comprador inicial, el agente de colocación u otra entidad que desempeña una función similar (cada uno, un redactor148) exige al Vendedor que acuerde restringir la capacidad del Vendedor para efectuar Ventas Conforme a este Plan de Negociación. 147Suspension Date148 significa la fecha en la que se utiliza por primera vez un prospecto preliminar, una oferta de memorando, una circular de oferta u otro documento de divulgación (cada uno, un Documento de oferta preliminar148) para comercializar valores del Emisor por el Asegurador o si no se utiliza un Documento de Oferta Preliminar, La fecha en que el Suscriptor y el Emisor firman el contrato de suscripción, contrato de compraventa, contrato de agente de colocación o acuerdo similar (cada uno, un Contrato de Escritura148). 147 Fecha de rescisión148 significa el día inmediatamente siguiente al vencimiento del período de tiempo durante el cual el Vendedor se vio obligado a no realizar Ventas conforme a este Plan de Negociación de acuerdo con el Contrato de Suscripción. (C) En el caso de que el Grupo UBSFS 10b5-1 tenga conocimiento de información material no pública sobre el Emisor o la Acción, UBSFS podrá ser requerido por la ley aplicable o, a su sola discreción, considerarlo aconsejable, suspender las ventas bajo este Plan de Negociación . En tal caso, UBSFS notificará inmediatamente al Vendedor de la suspensión de ventas bajo este Plan de Negociación. 8. Terminación. (B) inmediatamente después de la fecha en que UBSFS reciba la notificación del Vendedor de la terminación de este Plan de Negociación, en el plazo de En este caso, el Vendedor acuerda notificar al Emisor con prontitud de dicha terminación (c) a la determinación razonable de UBSFS, o inmediatamente después de la determinación razonable por el Vendedor y notificación a UBSFS, que este Plan de Negociación no cumple con la Regla 10b5-1 ) Inmediatamente después de la fecha en que UBSFS es notificado de la muerte del Vendedor (e) inmediatamente en el caso de que el Vendedor no entregue ninguna Acción de acuerdo con el párrafo 4 (b) o no cumpla con los requisitos de entrega con respecto a las Opciones establecidas en el Anexo D O (f) la fecha en que el número total de acciones de Acciones vendidas conforme a este Plan de Negociación ascienda a 74.200 acciones. 9. Confidencialidad. UBS Financials Services, Inc. mantendrá la confidencialidad de este Plan y no revelará los términos específicos de este Plan a ninguna persona o entidad, excepto: (i) a aquellas personas que razonablemente necesiten conocer la información en la ejecución y administración de El Plan de Negociación (ii) para responder a cualquier investigación de la Comisión de Valores y Cambios, FINRA, NYSE o cualquier otra organización autorreguladora, cualquier regulador estatal de valores o cualquier otra autoridad gubernamental con respecto al Plan de Negociación, (iii) a cualquier otro Persona o entidad en la medida en que tal revelación sea requerida por ley o por una citación emitida por un tribunal de jurisdicción competente. 10. Indemnización Limitación de responsabilidad. (I) El Vendedor se compromete a indemnizar y eximir a UBSFS y sus directores, funcionarios, empleados y afiliados de todas las reclamaciones, pérdidas, daños y responsabilidades (incluyendo, sin limitación, los gastos legales o de otro tipo razonablemente incurridos en relación con la defensa o la investigación (B) cualquier incumplimiento por parte del Vendedor de este Plan de Negociación (incluyendo las representaciones y garantías del Vendedor 146) (C) cualquier violación por el Vendedor de leyes o regulaciones aplicables. Esta indemnización sobrevivirá a la terminación de este Plan de Negociación. (Ii) UBSFS se compromete a indemnizar y eximir al Vendedor de todas las Pérdidas derivadas o imputables a la negligencia grave o mala conducta intencional de UBSFS en relación con este Plan de Negociación. (B) Limitación de responsabilidad. (I) Sin perjuicio de cualquier otra disposición del presente, UBSFS no será responsable ante el Vendedor, y el Vendedor no será responsable ante UBSFS, por: (A) daños especiales, indirectos, punitivos, ejemplares o consecuentes, o pérdidas o daños incidentales de cualquier tipo , Incluso si se le informa de la posibilidad de tales pérdidas o daños o si tales pérdidas o daños pudieran haber sido razonablemente previstos o (B) cualquier incumplimiento o cese de desempeño o cualquier demora en el desempeño que resulte de una causa o circunstancia que esté más allá Su control razonable, incluyendo, pero no limitado a, fallas de equipos electrónicos o mecánicos, huelgas, fallas de los sistemas de transporte público o de servicios públicos, tiempo severo, interrupciones del mercado u otras causas comúnmente conocidas como actos de Dios148. (Ii) Sin perjuicio de cualquier otra disposición del presente, UBSFS no será responsable ante el Vendedor por (A) el ejercicio de autoridad discrecional o control discrecional bajo este Plan de Negociación, si lo hubiere, o (B) cualquier incumplimiento de la venta requerida por el párrafo 1 , Excepto por incumplimiento de las ventas como resultado de la negligencia grave o mala conducta intencional de UBSFS 11. Acuerdo de Arbitraje. Cualquier disputa entre el Vendedor y UBSFS que surja de, relacionada con o en conexión con este Plan de Negociación o cualquier transacción relacionada con este Plan de Negociación se determinará solamente por arbitraje según lo estipulado en el acuerdo de cuenta de corretaje de UBSFS mencionado en el párrafo 4 (a). (A) Todos los avisos a UBSFS bajo este Plan de Negociación serán proporcionados por escrito al Grupo 10b5-1 de UBSFS por facsímil al número de fax. (B) Todos los avisos al Vendedor bajo este Plan de Negociación serán proporcionados por correo a la siguiente dirección: (c) UBSFS proporcionará notificación de todas las ventas de Acciones y ejercicio de Opciones bajo este Plan de Negociación al Vendedor y al Emisor por correo electrónico En las direcciones abajo a las 6 pm (ET) en la fecha de ejecución sobre la base de mejores esfuerzos, con un informe final a las 12 pm (ET) el siguiente día hábil. El Vendedor y el Emisor aceptan notificar por escrito a UBSFS de cualquier cambio en la información de contacto proporcionada. 13. Enmiendas y modificaciones. Este Plan de Negociación y los Anexos del presente Reglamento sólo podrán ser modificados por el Vendedor con el consentimiento por escrito de UBSFS y el recibo por UBSFS de los siguientes documentos, cada uno con fecha de la fecha de tal enmienda: (a) un certificado firmado por el Vendedor, Representaciones y garantías del Vendedor contenidas en este Plan de Operaciones son verdaderas a la fecha de dicho certificado y en la fecha de dicho certificado y (b) un certificado de emisor completado por el Emisor sustancialmente en forma de Anexo B. 14. Inconsistencia con la Ley. Si alguna provisión de este Plan de Negociación es o se vuelve incompatible con cualquier ley, regla o reglamento actual o presente aplicable, dicha disposición se considerará modificada o, si es necesario, rescindida para cumplir con la ley, regla o regulación pertinente. Todas las demás disposiciones de este Plan de Comercio continuarán y seguirán vigentes. 15. Ley aplicable. Este Plan de Negociación se regirá e interpretará de conformidad con las leyes internas del Estado de Nueva York. 16. Acuerdo completo. Este Plan de Negociación, incluyendo los Anexos y el contrato de la cuenta de corretaje a que se refiere el párrafo 4 (a) anterior, constituyen el acuerdo completo entre las partes con respecto a este Plan de Comercio y reemplazan cualquier acuerdo anterior o entendimiento con respecto a este Plan de Negociación. 17. Contrapartes. Este Plan de Negociación podrá ser firmado en cualquier número de contrapartes, cada una de las cuales será original, con el mismo efecto que si las firmas y el mismo estuviesen sobre el mismo instrumento siempre que, (i) la Fecha de Adopción del Vendedor sea la misma fecha Que el Vendedor firmó este Plan de Negociación y sus Anexos, (ii) la Fecha de Vigencia del Plan de Negociación no puede ser antes de dos semanas después de la Fecha de Adopción del Cedente, (iii) la Fecha de Certificación del Emisor, como se define en el Anexo B, La Fecha de Adopción del Vendedor, y (iv) UBSFS no aprobará y aceptará este Plan de Negociación en ninguna fecha anterior a la Fecha de Adopción del Vendedor o la Fecha de Certificación del Emisor. AVISO: ESTE ACUERDO CONTIENE UNA CLÁUSULA DE ARBITRAJE PREDISPUESTRE EN PÁRRAFO 11. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los abajo firmantes han firmado este Plan de Operaciones a la fecha especificada a continuación. HARRY O. NICODEMUS IV Nombre: Harry O. Nicodemus IV 9 de marzo de 2011 AVISO: La fecha de firma arriba debe ser la misma que la Fecha de Adopción del Vendedor, según se define en la sección de apertura de este Plan de Negociación. Nombre: Igor Shteyn Fecha Título: Director ejecutivo Nombre: Christopher DeLuca Fecha Título: DirectorLa página no se puede encontrar La página que busca podría haber sido eliminada, si su nombre cambió o está temporalmente no disponible. Intente lo siguiente: Asegúrese de que la dirección del sitio Web que se muestra en la barra de direcciones de su navegador esté escrita y formateada correctamente. Si ha accedido a esta página haciendo clic en un vínculo, póngase en contacto con el administrador del sitio Web para avisarles de que el enlace no está formateado correctamente. Haga clic en el botón Atrás para probar otro enlace. HTTP Error 404 - Archivo o directorio no encontrado. Información técnica de Internet Information Services (IIS) (para personal de soporte técnico) Vaya a Servicios de soporte técnico de Microsoft y realice una búsqueda de título para las palabras HTTP y 404. Abra la Ayuda de IIS. Que es accesible en el Administrador de IIS (inetmgr), y la búsqueda de temas titulados Web Site Setup. Tareas Administrativas Comunes. Qué es un plan de comercio de la Regla 10b5-1 La Regla 10b5-1 de la SEC provee una defensa contra los cargos de información privilegiada si luego vende acciones mientras conoce información confidencial e importante acerca de tu compañía. Un plan de negociación de la Regla 10b5-1 es un programa para la compra y / o venta periódica de su acción que cumple con los requisitos de esta regla de la SEC. Cuando se crean adecuadamente, estos planes proporcionan a los miembros de la empresa (generalmente ejecutivos, pero también a cualquier persona que tiene acciones u opciones) con una forma de diversificar su interés en acciones de la compañía y, con suerte, administrar los medios de comunicación y la reacción del mercado a las ventas de acciones ejecutivas. Normalmente, estos planes de comercio preestablecidos especifican el número de acciones que se venden (o se compran) al precio y fecha detallados y / o tienen una fórmula o algoritmo que desencadena el comercio y el número de acciones involucradas. En la interpretación de los expertos, una simple orden limitada (por ejemplo, vender 5.000 acciones cuando la acción alcanza a 22) no crea un plan de negociación de la Regla 10b5-1. Si se cumplen sus condiciones, la Regla 10b5-1 (c) establece una defensa afirmativa en litigios sobre operaciones con información privilegiada. Estos requisitos incluyen: sus ventas o compras siguieron un plan o arreglo detallado que fue establecido cuando usted no era consciente de la información no divulgada importante sobre la compañía sus transacciones fueron hechas por una persona independiente que debe seguir sus instrucciones anticipadas sobre cuándo negociar o por un Ejemplo: Un contrato escrito de un año entre el ejecutivo y el corredor que instruye al corredor de vender 10.000 acciones en la cuenta de ahorro ciego, el poder o la cuenta discrecional de los corredores. El primer día de negociación de cada mes y el doble de acciones (20.000) si el precio se ha incrementado en 5 desde la fecha de la venta anterior. Antes de establecer un plan de negociación de la Regla 10b5-1, comuníquese con el abogado de la empresa y con su abogado: , Adoptadas en 2000, siguen en desarrollo. La mayoría de las empresas requieren que usted entre en los planes durante un período determinado de tiempo (algunas empresas también requieren que el primer comercio sea aplazado en la siguiente ventana) y prohibir la programación de operaciones automáticas durante periodos de blackout regulares (por ejemplo, dos semanas antes de un anuncio trimestral) . Consulte las preguntas frecuentes sobre las mejores prácticas en evolución para los planes de la Regla 10b5-1. Todos los demás requisitos para la venta de acciones, como los de los ejecutivos de acuerdo con la Regla 144 y la Sección 16, siguen siendo aplicables. La Regla 10b5-1 se refiere únicamente a una defensa de las operaciones con información privilegiada contra las violaciones de la Regla 10b-5. Alerta: La SEC también está investigando los abusos de los planes de comercio de la Regla 10b5-1. Se ha centrado especialmente en las modificaciones y terminaciones de los planes y en cuestionar si los titulares de los planes verdaderamente no sabía información de movimiento del mercado cuando prearranged operaciones bajo el plan. Por ejemplo, en junio de 2009, la SEC acusó al ex director ejecutivo de Countrywide Financial, Angelo Mozilo, de operaciones con información privilegiada. La SEC alegó que estableció cuatro planes ejecutivos de venta de acciones para sí mismo en octubre, noviembre y diciembre de 2006, mientras que estaba al tanto de la información material, no pública sobre Countrywides aumentando el riesgo de crédito y el pobre desempeño esperado de Countrywide. Posteriormente ejerció opciones y vendió acciones de la compañía bajo estos planes de comercio escritos. Eventualmente, en octubre de 2010, el Sr. Mozilo aceptó pagar la mayor sanción de la SEC otorgada por un ejecutivo de la empresa pública, junto con una liberación de 45 millones de ganancias ilícitas para resolver la violación de la información y los cargos de información privilegiada. Según dos artículos publicados por The Wall Street Journal a finales de 2012, la SEC puede agudizar las regulaciones de los planes de la Regla 10b5-1. Los autores de estos artículos pesan ejemplos y datos que plantean preguntas sobre el momento de los oficios por parte de algunos ejecutivos.
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